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lunes, 3 de julio de 2017

Hasta el 15 de julio de este año, las empresas a nivel nacional tienen como plazo para realizar el pago de la gratificación por Fiestas Patrias a sus trabajadores, además de un sueldo íntegro (equivalente al 30 de junio de 2017) recibirás hasta un 22 por ciento más en tu depósito.
Los beneficiados. Según el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala, tienen derecho a percibir las gratificaciones los trabajadores de la actividad privada (incluyendo a ciertos trabajadores de entidades públicas reguladas por el D. Leg. 728), con contrato de trabajo indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial, aún cuando laboren menos de cuatro horas diarias
Para recibir este beneficio, el trabajador debe encontrarse laborando en el mes de pago (julio 2017), o en todo caso encontrarse de vacaciones, de licencia con goce de remuneraciones, con descanso médico por enfermedad, accidente o maternidad.

¿Cuánto recibirán? Los trabajadores con contratos indeterminados, a plazo fijo, a tiempo parcial del sector privado, así como los empleados públicos bajo el régimen privado, recibirán un sueldo completo.
Por su parte, los trabajadores de Construcción Civil perciben 40 jornales básicos, mientras que los trabajadores agrarios reciben sus gratificaciones incluidas en su remuneracion mensual.
Las trabajadoras del hogar y los empleados de las pequeñas empresas inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), tienen derecho a medio sueldo de gratificación.
Asimismo los trabajadores del Estado que laboran bajo el Régimen de Carrera Administrativa, los que estén bajo el alcance de la Ley de Servicio Civil y los que laboran bajo el régimen CAS reciben un aguinaldo de 300 soles, al cual también se les sumará un adicional.
Si en algún mes el trabajador tuviera inasistencias injustificadas por cada inasistencia se descontará un treintavo del sexto a percibir.

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